4 de octubre de 2024
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Facultades - Tribunal Superior de Justicia en Salas


Son facultades de los Magistrados de Salas:
  1. Llevar la correspondencia de la Sala, autorizándola con su firma;
  2. Aplicar las medidas y criterios que exijan el orden, buen servicio y la disciplina de la Sala;
  3. Requerir cualquier informe o documento que, obrando en poder de los órganos del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana del Estado, o de las autoridades estatales y municipales, puedan servir para la sustanciación o resolución de las denuncias o quejas competencia de la Sala;
  4. Dictar resolución en los expedientes sobre denuncias y quejas competencia de las Salas, que le sean turnados;
  5. Imponer las correcciones disciplinarias al personal adscrito a la Sala;
  6. Emitir opinión respecto de las solicitudes de Licencia, que presente el personal de la Sala;
  7. Rendir oportunamente un Informe al Presidente del Tribunal, respecto de las labores de las Salas y principales resoluciones dictadas por ellas, y
  8. Las demás que les señalen las disposiciones legales.

* Artículo 251 Quater de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

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